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Campaña Renta 2020

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¿Cuándo es la declaración de la renta 2020?
La campaña para presentar la declaración correspondiente al ejercicio 2020 arranca el próximo 7
de abril y finaliza el 30 de junio.
No dudes en contactar con nosotros. Preparamos toda la documentación y te asesoramos en
cualquiera de tus dudas. No lo dejes para última hora.

Formularios y Modelos de documentos para la prestación de la solicitud de Erte.

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Debido a la Crisis del Coronavirus muchas son las empresas y autónomos que deben presentar un Erte. Contacta con nosotros, nuestro Equipo te preparará toda la documentación y te asesorará sobre tus derechos. En ese caso de ERTEs competencia del Ministerio de Trabajo y Economía Social, una vez que se entra en la Sede Electrónica del Ministerio de Trabajo y Economía Social en el procedimiento para la presentación de ERTEs derivados de COVID-19 se abre un pequeño formulario en alta de solicitud que debe rellenarse. A continuación, se solicitan los restantes documentos obligatorios que deberán presentarse. Para estos documentos no hay ningún modelo establecido, por lo que la empresa puede confeccionarlos como considere más adecuado. En caso de que alguno esté incompleto, durante la tramitación del expediente se solicitará su subsanación.

Durante los ERTEs no se debe dar de baja a los trabajadores en la Seguridad Social, ya que…seguir leyendo

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¿Cual es el procedimiento para la tramitación de un Erte por fuerza mayor por el Coronavirus?

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Se ha procedido a agilizar el procedimiento para la tramitación de los ERTEs, de tal manera que las personas trabajadoras puedan percibir cuanto antes la prestación de desempleo. La empresa presentará una solicitud ante la autoridad laboral competente, que se acompañará de un informe que justifique la pérdida de actividad 15 como consecuencia del COVID-19, así como, en su caso, de la correspondiente documentación acreditativa. A título de ejemplo, en aquellas empresas dedicadas a alguna actividad comercial que hayan tenido que cesar totalmente dicha actividad al estar comprendidas en el Anexo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, será suficiente la presentación de cualquier documento justificativo de la actividad de la empresa. Asimismo, la empresa deberá comunicar la solicitud de ERTE a las personas trabajadoras y, en caso de existir, a la representación sindical. La autoridad laboral verificará la existencia de fuerza mayor, como causa motivadora de suspensión de los contratos o de la reducción de jornada solicitada, y dictará la resolución declarativa de la existencia o no de la fuerza mayor en el plazo de

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